Ipostel regulará y protegerá los servicios de delivery en Venezuela

Arepa Tecnológica
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El instituto postal otorgará permisos y placas a las empresas de entregas, especialmente a las que operan por medios digitales.

El Instituto Postal Telegráfico de Venezuela (Ipostel) anunció que regulará y protegerá los servicios de delivery en el país, especialmente a los que operan por medios digitales. Esta medida busca garantizar la entrega oportuna, la confidencialidad y la seguridad de los datos de los usuarios, así como la protección de las compras realizadas en negocios virtuales y redes sociales.

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El objetivo de esta medida es asegurar la entrega oportuna, la confidencialidad y la seguridad de los datos de los usuarios, así como la protección de las compras realizadas en negocios virtuales y redes sociales, explicó este lunes 26 de febrero la presidenta de la empresa Mensajero Express, Cecilia Rivero. Durante una entrevista realizada en CircuitoOnda de MundoUR.

«Esto abarca las entregas que se pacten por plataformas digitales o WhatsApp, ya que deberán acatar la normativa y contar con una concesión postal para prestar el servicio», precisó.

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Rivero indicó que Ipostel contará con un sistema automatizado para facilitar el registro de servicios de delivery y solicitar los permisos correspondientes, con el apoyo de servicios de mensajería como MRW o Zoom.

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«El interés es básicamente la protección de los datos, el derecho de los usuarios y del consumidor. También recursos para Ipostel y el Ministerio de Ciencias y Tecnología, en función de regular estas entregas. Estamos de acuerdo porque es algo lógico», manifestó.

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Según lo explicado en la entrevista, con el permiso que conceda Ipostel el delivery deberá portar una placa especial que será emitida por el instituto para identificar al vehículo como de entregas; permiso que tendrá una duración de un año y que aplicará a todos los involucrados: empresas de repartidores, encomiendas o envíos a través de medios digitales o redes sociales.

La nueva providencia para Ipostel y el servicio de delivery fue publicada en la Gaceta Oficial número 42.813, el 5 de febrero del presente año.

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¿Qué implica la regulación de Ipostel?

La regulación de Ipostel se basa en la providencia N° CJ/012/2023, de fecha 22 de octubre de 2023, que entró en vigencia desde el día de la publicación en Gaceta Oficial. Esta norma establece que todas las personas naturales o jurídicas que sean operadores postales privados, es decir, que presten servicio de entregas a domicilio, deberán obtener una habilitación postal para poder realizar sus actividades. Esto incluye a quienes realicen reparto habitual de productos, encomiendas o envíos a través de repartidores que pueden ser solicitados mediante el uso de ofertas digitales por plataformas digitales o redes sociales.

¿Cómo obtener la habilitación postal?

Para obtener la habilitación postal, el operador postal privado debe consignar ante Ipostel una solicitud de otorgamiento de ese permiso y realizar el registro en el Sistema Integrado de Regulación Postal Venezolano (SIRPVEN). Además, debe brindar los datos de los repartidores a cargo de la prestación del servicio de delivery, según el artículo 9 de la providencia.

Una vez cumplidas las formalidades, se procederá a formalizar el contrato de concesión, el cual tendrá una duración de un año, prorrogable por el mismo periodo, como autorización o licencia para actuar como operador postal privado. La concesión podrá cesar si desaparecen algunas de las condiciones tomadas en cuenta para su otorgamiento o haya circunstancias que lo justifiquen.

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¿Cuánto cuesta la habilitación postal?

La tramitación, otorgamiento y renovación de la habilitación postal de los servicios de entrega a domicilio estarán sujetas a un pago de 5 petros (equivalente a 300 dólares) a favor de Ipostel. La cancelación se realizará de la siguiente manera: un anticipo del 20 % por la solicitud de la habilitación postal y el pago del 80 % restante cuando se apruebe la habilitación.

¿Qué otros aspectos se deben considerar?

Además del pago de la habilitación postal, los operadores postales privados deberán reflejar en la factura electrónica o física, el cobro del Franqueo Postal Obligatorio correspondiente al 1 %, el cual será percibido y entregado a Ipostel dentro de los primeros cinco días continuos al vencimiento de cada mes, según la firma de servicios de auditoría y asesoramiento legal KPMG.

Asimismo, la normativa exige a los prestadores de servicios enviar mensualmente la nómina de conductores a su cargo, clientes registrados en sus plataformas digitales, la cantidad de envíos postales realizados y vehículos registrados bajo su administración.

Por último, Ipostel impulsará el desarrollo tecnológico de una plataforma digital tipo aplicación móvil para que sirva como herramienta única de la prestación de servicio de entregas a domicilio en todo el país.

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Redacción General de Arepa Tecnológica. Amantes de la tecnología y las tendencias Digitales.

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